Es el conjunto de activos (créditos hipotecarios o no hipotecarios) que se conforma con los créditos que se compran a los originadores. Este conjunto de créditos está aislado del patrimonio de la Titularizadora y de los Vendedores de los mismos y en ningún caso podrán ser restituidos al patrimonio del Vendedor o de la Titularizadora. La universalidad es un concepto en la legislación colombiana y es considerado como un vehículo de quiebra remota. Con la Universalidad se logra un aislamiento absoluto de los activos frente al patrimonio del Emisor y del Vendedor ya que, en ningún caso, los activos (créditos hipotecarios o no hipotecarios) de la Universalidad pueden verse afectados, por procesos concursales como concordatos o liquidaciones. Los TIP´s, TIS, TER, TIL y TIV son emitidos a partir de la Universalidad, la cual es creada por la Titularizadora en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias mediante la expedición del Reglamento de Emisión.